Foto: barbosaberlarmino |
Según el ente
investigador, hubo irregularidades en la administración de las cuentas
bancarias del municipio, con las que se podría haber generado la pérdida.
El ente de
control reprochó a la investigada el presunto manejo irregular de los usuarios,
claves y token asignados para ingresar a las plataformas virtuales del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria y el Banco Popular.
Al parecer la
exsecretaria omitió dar aviso oportuno de los mensajes de alerta que informaban
las transacciones en línea, lo que hubiera permitido aclarar la situación y
eventualmente, frenar el desfalco del que estaba siendo víctima el municipio.
También se
cuestionó a la investigada por presuntamente interponer de manera tardía la
denuncia penal, al igual que la reclamación ante las entidades financieras,
razones por las cuales no se habrían podido recuperar los recursos transferidos
irregularmente.
Con esta
actuación la exsecretaria podría haber vulnerado el artículo 23 de la Ley 734
de 2002 que establece que “constituye falta disciplinaria (…) la incursión en
cualquiera de las conductas o comportamientos previstos en este código que
conlleve incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos
y funciones, prohibiciones (…)”.
Asimismo, la
Procuraduría Provincial de Vélez consideró como posiblemente transgredido el
numeral 13 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002, que señala que a todo
servidor público le está prohibido “ocasionar daño o dar lugar a la pérdida de
bienes, elementos, expedientes o documentos que hayan llegado a su poder por
razón de sus funciones”.
En esta etapa
procesal la presunta falta fue calificada como grave con culpa grave, por
inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común imprime a
sus actuaciones.
Sanabria
Ortiz podrá solicitar o aportar las pruebas que considere pertinentes para su
defensa.
Fuente:
Procuraduría
Ajuste de
contenido y diagramación: bersoahoy.co
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